Leyes de Servicios Sociales, derechos subjetivos y catálogo de prestaciones
Estaba comentando con un buen amigo algunos de los aspectos más importantes que se destacan de las nuevas leyes de Servicios Sociales y me resultó sorprendente algunos malentendidos (visto desde mi perspectiva) que se dan en la lectura de lo que son los derechos subjetivos. En primer lugar me sorprendió que criticara que en el apartado que suele recoger los derechos y deberes de los ciudadanos y de los usuarios, que normalmente están en el primer Título de la Ley, en los primeros artículos, se le restara importancia a los nuevos listados de derechos, especialmente de los usuarios de los centros residenciales. Me planteaba que era algo excesivamente concreto para una Ley, que serían materia de una normativa de desarrollo más concreta. Me quedé de piedra y me acordé de la reflexión que me hacía Felix, un buen amigo y muy buen especialista en materia de leyes y derecho, que me comentaba cuando estabamos elaborando el documento previo a la Ley de Servicios Sociales de Aragón, q...